Conoce la Ruta de atención para quejas por violencia de género en la UNAM:

PASO 1. Acércate a la Defensoría

  • Pide orientación en el formulario de la página web de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género: defensoria.unam.mx
  • Llama al número de atención para orientaciones y asesorías: (55) 4161 6048 (con 40 líneas) y marca 2 para género.

PASO 2. Primer contacto

Una trabajadora social hará el primer contacto (vía teléfono o correo) para escucharte y asignarte a una psicóloga y a una abogada que atiendan tu caso, según tus necesidades.

  • Servicio de psicología. En su atención, la psicóloga:
    1. Explicará los servicios que te pueden brindar si así lo requieres: contención psicológica, terapia breve y canalización a un servicio de atención psicológica en la UNAM o fuera de ella.
    2. En caso de solicitarlo, la psicóloga agendará sesiones de terapia.

  • Servicio legal. En su atención, la abogada:
    1. Te informará sobre el procedimiento de queja.
    2. Te asistirá para narrar tu testimonio con especificaciones legales: cuándo, dónde y cómo sucedieron los hechos.
    3. Si deseas denunciar ante una agencia del Ministerio Público, la Defensoría podrá acompañarte.
    4. En caso de que la Defensoría no sea competente para conocer tu caso, te orientará sobre las distintas instancias a las que acudir.
    5. Si en tu caso hay implicaciones en la vida académica, el equipo de Derechos Universitarios se sumará para que la situación se atienda de manera integral.

PASO 3. Conformación de la queja

  • Debes firmar tu testimonio electrónicamente (documento 1), junto con un acta de hechos (documento 2) para acreditar tu identidad y el vínculo con la universidad.
  • Luego, la Defensoría redactará un oficio de remisión (documento 3) dirigido a la autoridad para sugerir las medidas precautorias correspondientes e informarte de tu procedimiento.

Estos tres documentos conforman tu queja.

PASO 4. Notificación

Una vez enviada tu queja, la autoridad notificará a la persona que se le atribuyen los hechos:

  • Si es trabajadora (académica, administrativa o personal de confianza) se podrá sancionar con amonestación, suspensión temporal o rescisión del contrato laboral.
  • Cuando forme parte del alumnado se podrá amonestarla, suspenderla o expulsarla provisionalmente. En los dos últimos casos, la autoridad remitirá al tribunal universitario que podrá modificar o confirmar la sanción.
  • La Defensoría podrá implementar procedimientos de justicia restaurativa para intervenir en entidades o dependencias universitarias, mitigar los efectos de la violencia y que no vuelva a ocurrir.

Se puede consultar la página web de la CIGU como referente:

https://coordinaciongenero.unam.mx/ruta-atencion-violencia-genero/